Consulta

¿Hay que pintar la casa al dejar un alquiler?

Revisada el 23/10/2026.

Depende del contrato y del estado en que recibiste la casa: en los artículos que leímos no dice «hay que pintar al irse». El artículo 1819 del Código Civil limita las reparaciones del inquilino a conservar la casa en el estado en que la recibió, sin responder por el desgaste del tiempo y del uso lícito, y por eso lo primero es leer la cláusula de entrega de tu contrato y comparar con el inventario de entrada.

Consulta sobre pintura y desgaste al entregar un alquiler. Fuentes leídas el 23/10/2026: artículos 1818 a 1820 del Código Civil (arrendamiento de cosas, obligaciones del arrendatario) en IMPO y la página del Servicio de Garantía de Alquileres (MEF). No pudimos revisar a fondo el decreto-ley 14.219 de alquileres, así que no afirmamos nada sobre él. No es asesoramiento legal; si hay un conflicto, consultá con un abogado o con tu inmobiliaria.

Qué dice la ley

El Código Civil dice que el arrendatario responde por las reparaciones locativas, que son las que la costumbre del lugar pone a cargo del inquilino y, en general, los deterioros que se producen por su culpa o la de quienes dependen de él. El artículo 1819 aclara que sus reparaciones se limitan a conservar la casa en el estado en que la recibió y que no responde por el desgaste del tiempo y del uso lícito, ni por fuerza mayor, ni por la antigüedad del edificio o defectos de construcción.

El artículo 1820 lista obligaciones concretas: conservar el interior de paredes y pisos, reponer lo que se destruya, mantener vidrios y cerraduras y tener las paredes razonablemente aseadas. La pintura no aparece nombrada en esos artículos; lo que sí figura es mantener las paredes aseadas y reparar lo destruido.

Desgaste normal o daño: criterio para decidir

Esta distinción es criterio nuestro, apoyado en el artículo 1819:

Qué pide el Servicio de Garantía de Alquileres

Si el contrato tiene garantía del SGA, la página oficial explica que al inicio se hace un inventario que forma parte del contrato y donde se constatan las condiciones de la vivienda; al rescindir se coteja ese inventario, y si hay diferencias el propietario puede recibir una indemnización por desperfectos. La página no menciona la pintura ni el desgaste normal, así que eso se resuelve con lo que diga el contrato.

Qué hacer antes de entregar

  1. Leé la cláusula de devolución del contrato y buscá si pide expresamente entregar pintado.
  2. Compará con el inventario o las fotos de entrada: si la pared ya venía marcada, guardá esa prueba.
  3. Tapá agujeros, limpiá lo que salga con trapo húmedo y retocá solo lo dañado; para saber cuánta pintura comprar usá cuánta pintura necesito.
  4. Sacá fotos fechadas de cada ambiente y pedí un acta de entrega firmada por ambas partes.
  5. Si vas a contratar un pintor, pedí presupuesto escrito: qué preguntar antes de contratar un pintor.

Para el resto de la revisión del apartamento, mirá qué revisar al entregar un apartamento alquilado, y para buscar pintor, el directorio.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pintar la casa cuando dejo un alquiler?

No hay un artículo del Código Civil que lo diga así. El Código Civil limita lo que debés reparar a conservar la casa como la recibiste, sin responder por el desgaste normal del tiempo y del uso. Mucho depende de lo que diga tu contrato: si pide entregarla pintada, conviene revisar esa cláusula con la inmobiliaria o un abogado.

¿Qué es el desgaste normal de una pared?

El Código Civil habla del deterioro por el paso del tiempo y el uso lícito. En una pared suele ser el color apagado o marcas leves por años de uso; no incluye manchas grandes, humo ni agujeros que vos hayas hecho.

¿Qué papel tiene el inventario de entrada?

Con garantía del SGA, el inventario inicial forma parte del contrato y al rescindir se coteja con el estado de entrega. Aunque no haya garantía, guardar fotos y un inventario firmado te ayuda a probar cómo estaba la vivienda.

¿Me pueden descontar la pintura del depósito?

Eso depende del contrato y de si hubo daño más allá del desgaste normal. La página del SGA habla de una indemnización por desperfectos cuando el inventario muestra diferencias, pero no detalla cómo se valora la pintura.

Fuentes